Sentencias clave de la Corte Suprema en temas tributarios y aduaneros 2024
En este artículo les acercamos un resumen de las 10 sentencias más relevantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia tributaria y aduanera durante 2024. Estas decisiones han marcado hitos importantes, desde la interpretación de normas fiscales hasta la delimitación de principios fundamentales como el de territorialidad, seguridad jurídica y razonabilidad tributaria.
Este es un resumen de los fallos más relevantes, explicados en detalle para su aplicación práctica:
1. Infracción aduanera y declaración inexacta
📅 29 de febrero de 2024 📂 Expediente CAF 000020/2019/CS001 – «Pioneer Argentina SRL TFN 38718-A C/ DGA S/Recurso Directo De Organismo Externo». Fallos: 347:83
La Corte confirmó la absolución de una empresa imputada de infracción por declarar incorrectamente (artículo 954 del Código Aduanero) el valor de bienes importados. La Cámara había considerado que los precios declarados por la empresa correspondían a los efectivamente pagados a su proveedor vinculado, eliminando cualquier indicio de simulación o fraude. La Corte limitó el análisis de la norma a la última venta realizada, independientemente de cuál había sido el precio pagado en la venta anterior y confirmó que esta interpretación del art. 954, ap. 1, inc. c, del Código Aduanero coincide con la realizada por el Comité Técnico de Valoración en Aduana de la Organización Mundial de Aduanas, órgano encargado de asegurar, a nivel técnico, la uniformidad de la interpretación y aplicación del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994.
2. Impuesto sobre ganancias y fideicomisos internacionales
📅 5 de marzo de 2024 📂 Expediente CAF 058752/2019/CS001 – «Fideicomiso Edificio La Favorita De Rosario C/ Dirección General Impositiva S/Recurso Directo De Organismo Externo”. Fallos: 347:116
El caso abordó la correcta determinación del impuesto a las ganancias en fideicomisos con fiduciantes-beneficiarios residentes en el país y en el exterior. La Corte confirmó que los fiduciantes residentes en el país deben tributar por sus rentas, independientemente de la residencia de los otros beneficiarios.
Sostuvo la Corte que carece de sustento legal la determinación de oficio efectuada por el Fisco respecto del impuesto a las ganancias de un fideicomiso no financiero integrado por fiduciantes-beneficiarios residentes en el país y otros que residían en el exterior – se aplicó la alícuota del 35% sobre la totalidad de la renta obtenida por el fideicomiso-, pues no se desprende de ninguna de las normativas aplicables que la mecánica del impuesto establecida en relación con los fiduciantes-beneficiarios que residan en el país y que ha sido prevista fundamentalmente en el art. 49 de la ley 20.628, se encuentre condicionada a que todos los integrantes del fideicomiso tengan residencia dentro del territorio nacional.
3. Requisito de propósito de lucro en ingresos brutos
📅 19 de marzo de 2024 📂 Expediente CSJ 001490/2019/RH001 – « Cooperativa Farmacéutica se Provisión y Consumo Alberdi Ltda C/ Provincia Del Chaco S/Amparo». Fallos: 347:237
La Corte resolvió que no puede gravarse con ingresos brutos a las actividades que no persiguen un fin de lucro, incluso si son onerosas. Este fallo subrayó que permitir dicho gravamen desvirtúa las normas de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos. El Tribunal enfatizó que interpretar de manera amplia el concepto de habitualidad y onerosidad, ignorando la falta de lucro, vulnera los principios tributarios y genera desigualdades.
4. Prescripción y principio de reserva de ley en ingresos brutos
📅 30 de abril de 2024 📂 Expediente CSJ 001220/2020/RH001 – “Pilaga S.A. C/ Provincia De Formosa S/Sumario”. Fallos: 347:379
La Corte analizó la posibilidad de que las provincias establezcan plazos y cómputos de prescripción diferentes a los previstos por el Código Civil. Decidió que esto no es constitucionalmente válido, ya que afecta la seguridad jurídica. El fallo destacó que la uniformidad normativa es esencial en la regulación tributaria y que las provincias no pueden apartarse de los plazos establecidos por la legislación nacional.
5. Precios de transferencia y exportaciones de commodities
📅 28 de mayo de 2024 📂 Expediente CAF 016117/2017/1/RH001 “Vicentin SAIC C/ Dirección General Impositiva S/Recurso Directo de Organismo Externo”. Fallos: 347:579
La Corte analizó el criterio para determinar los precios de exportaciones entre empresas independientes. Concluyó que el precio pactado por las partes prevalece sobre índices oficiales, siempre que se pruebe que es producto de una negociación en condiciones de libre competencia. Este fallo estableció un importante precedente para los exportadores, reafirmando la importancia del análisis de las circunstancias comerciales reales en los precios de transferencia.
6. Legitimidad de la “ecotasa” en Bariloche
📅 2 de julio de 2024 📂 Expediente CSJ 002808/2021/RH00102/07/2024 – “Cantaluppi, Santiago y Otro S/Acción De Inconstitucionalidad”. Fallos: 347:653
La Corte declaró inconstitucional la «ecotasa», una contribución exigida a turistas por servicios turísticos generales. Argumentó que carecía de una relación directa con los contribuyentes individuales y violaba principios constitucionales al ser uti universi (en beneficio de toda la comunidad). Este fallo refuerza la doctrina sobre el principio de individualización en la imposición de tasas.
7. Arbitrariedad de la alícuota de ingresos brutos en Tucumán
📅 20 de agosto de 2024 📂 Expediente CSJ 000225/2020/RH001 – “Petroarsa S.A. C/ Provincia De Tucumán S/Inconstitucionalidad”. Fallos: 347:971
Se resolvió que arbitraria la sentencia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 8834 de la Provincia de Tucumán -que incrementa la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos en función de los ingresos gravados, no gravados y exentos del contribuyente por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la provincia- pues pese haber reconocido un vínculo innegable entre el hecho imponible y la base imponible del impuesto, omitió todo análisis respecto de si, al igual que el hecho imponible, la base imponible y la alícuota del impuesto debían –en razón de dicho vínculo– cumplir con el requisito de sustento territorial, quedando en consecuencia excluidos los ingresos obtenidos fuera de la provincia a los efectos de fijar la progresividad del impuesto, soslayando así el tratamiento de cuestiones decisivas con afectación al derecho de defensa en juicio.
En conclusión, la Corte sostuvo que las provincias no pueden gravar actividades desarrolladas fuera de su territorio. Este fallo refuerza el principio del sustento territorial en los tributos locales, brindando mayor seguridad jurídica a los contribuyentes.
8. Verificación de créditos tributarios en concursos preventivos
📅10 de septiembre de 2024 📂 Expediente CSJ 000541/2021/RH001 –“ La Nueva Fournier S.R.L. S/Concurso Preventivo. Incidente De Verificación Tardía Promovido por AFIP”. Fallos: 347:1210
La Corte resolvió que los créditos tributarios firmes no pueden ser revisados en concursos preventivos, ya que esto reemplazaría procedimientos administrativos diseñados para impugnarlos. El fallo confirma la firmeza de los actos administrativos en materia fiscal.
9. Repetición de impuestos: cálculo de intereses
📅 17 de septiembre de 2024 📂 Expediente FMP 021099177/2012/CS001 – “Astillero Naval Federico Contessi SACIFAN C/ AFIP – DGI S/Cobro De Pesos/Sumas De Dinero”. Fallos: 347:1223
La Corte estableció que el cálculo de intereses en acciones de repetición debe regirse por el artículo 179 de la Ley 11.683, independientemente de si el reclamo se presenta en sede administrativa o judicial. Este fallo evita interpretaciones restrictivas y garantiza uniformidad en los derechos de los contribuyentes.
10. Requisito de instrumentación en el impuesto de sellos
📅21 de noviembre de 2024 📂 Expediente CSJ 001051/2021/RH001 – « Toyota Argentina S.A. C/ Provincia De Misiones Direccion General De Rentas S/Demanda Contencioso Administrativa”. Fallos: 347:1813
La Corte consideró arbitraria la sentencia que convalidó la determinación de oficio efectuada por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones en concepto de impuesto de sellos respecto de los contratos de concesión comercial suscriptos por una automotriz con su concesionario oficial, pues según las cláusulas de los citados contratos, el concesionario solo tenía derecho a comprar los productos comercializados por la concedente, sujeto a disponibilidad de abastecimiento, mediante el procedimiento de envío y aprobación de las solicitudes de asignación de productos, por tanto al no encontrarse instrumentadas las operaciones de compraventa de vehículos, repuestos y accesorios, ni las de prestación de servicios, no resulta posible exigir el impuesto de sellos respecto de ellas.
💡 Reflexión final
Estos fallos marcan importantes criterios de interpretación en materia tributaria y aduanera, reforzando principios fundamentales como la seguridad jurídica y el respeto a los derechos de los contribuyentes. Son guías esenciales para el ejercicio profesional y la toma de decisiones estratégicas en el ámbito fiscal.
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